Se elimina artículo 109 de la Ley Telecomunicaciones y Radiodifusión

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  • Facultaba a la autoridad para poder solicitar bloqueo temporal de algún medio en caso de incumplimiento fiscal

RedFinanciera

José Antonio Peña, director de la Agencia de Transform Digital anunció la medida.

El artículo 109, que había causado polémica en la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, ha sido suprimida de la iniciativa, informó el titular de la Agencia de Transformación Digital, José Antonio Peña Merino, en la Mañanera de este 14 de mayo. En Palacio Nacional, el funcionario federal señaló que no hay censura en este gobierno.

“El artículo 109, que causó ciertos malentendidos, para que no haya espacio de duda, aquí no hay censura para que no haya ningún espacio de duda, se elimina”, explicó en presencia de la presidenta Claudia Sheinbaum.

Se informó en meses pasados que el artículo109 de la Ley en Mater de Telecomunicaciones y Radiodifusión aborda aspectos ya contemplados en normativas vigentes. Por ejemplo, si una plataforma incumple con leyes fiscales, la autoridad competente puede solicitar bloqueo temporal. Este artículo no guarda relación alguna con el contenido y la expresión en redes sociales.

Con una cifra cercana a 15 millones de mexicanas y mexicanos que no tienen acceso a la cobertura móvil o no tienen presupuesto para pagar el servicio, la nueva Ley de Telecomunicaciones, que es discutida en el legislativo, busca lograr la conectividad de este universo, reiteró Merino.

“Es una ley para conectar a todas las mexicanas y mexicanos, proporciona el marco normativo que va a permitir llegar a una meta de conectividad el mensaje esta es una ley para conectar a mexicanos y mexicanas, a los 15 millones que no tienen datos”, sostuvo.