Péndulo político

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  • Dr. en derecho Emiliano Mateo Carrillo Carrasco
  • La ley orgánica de la administración pública en la 4t

RedFinancieraMX

La democracia  efectiva  es  el  poder  del  pueblo.  El  espíritu  republicano  nace  de  la  convicción  de  que  el  interés público corresponde al interés general. Las reformas que se realizaron a la administración pública federal el 30 de noviembre de 2018.

 

Los cambios a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal  y sus  dos  contextos: el primero es el de la toma de decisiones públicas, el marco histórico de la administración pública del país,  dónde se ubican las reformas a la administración pública.  Transformación. El  presidente  AMLO  ha  caracterizado  a  su  4T como un cambio pacífico, radical, orientado a terminar con “el régimen corrupto de injusticias y de privilegio”, donde los servidores públicos.

 

La transformación del país  con sus balances de economía de mercado a causa del adelgazamiento  del poder económico, esto es, que el poder oligárquico determina el mercado y el mismo estado el político”.

 

La administración pública, la define Bonnin, es “una potencia que arregla, corrige y mejora todo cuanto existe, y da una dirección más conveniente a los seres organizados y a las cosas”. La corrupción gubernamental es altamente nociva, no solo por el hecho de que el servidor público obtiene un beneficio extraordinario, sino sobre todo porque infringe una norma que en principio debería hacer cumplir.

 

La corrupción no solo causa costos económicos; su carácter perjudicial deriva principalmente  del  hecho  de  que  debilita  los  principios  morales,  afecta  al  Estado de derecho, daña a los principios de autoridad, propicia la injusticia, promueve la desigualdad, permite la impunidad de los poderosos .

 

Hay más de 10 millones de jóvenes en rezago educativo. Son casi exactamente la mitad de quienes son mayores de 20 y menores de 30 años de edad, esos más de 20 millones de jóvenes a un sistema de marcado y sin poder aprovechar su capital humano.

 

La pobreza y vulnerabilidad, incrementa riesgos de todo tipo: a la violencia, las adicciones, el empleo precario. En materia educativa y sus políticas públicas permitan recuperar el capital humano: Hay una “sangría” silenciosa, pero masiva. Más de 600 mil jóvenes quedan fuera de los bachilleratos y demás escuelas de EMS (educación media superior) cada año, sin haber concluido.

 

 

 

Y  afecta más a jóvenes con menores ingresos, en los estados del sur y en las zonas rurales. La brecha por nivel socioeconómico es muy grande. El INEGI contabiliza más de 4 millones de jóvenes mayores de 15 y menores de 20 años que ya no asisten a la escuela. Representan la tercera parte para ese grupo de edad. Al llegar a los 20 ya no tienen opción, incluso si quisieran regresar a estudiar.

 

La 4t  propone combatir la pobreza “mediante la creación de fuentes de trabajo, el impulso a las actividades productivas, la inclusión de todos los jóvenes en programas educativos o laborales y la atención prioritaria al cumplimiento efectivo de los derechos de las mujeres, los pueblos indígenas, los adultos mayores, los niños y otros grupos vulnerables”.

Por qué  la austeridad al aparato de gobierno, o sea, burocracia por ser un instrumento de obesidad y de responsabilidades.  “Los  componentes  del  Proyecto  de  Nación  deben  descansar  en  el  supuesto de una ejecución austera, responsable y honesta del gasto público, y en la conservación de los balances macroeconómicos”.

 

Los artículos 80, 89, 90, 91 y 92 de la Constitución actual contienen nuestro modelo de administración pública centralizada y paraestatal, que se sustenta en un esquema de orden jerárquico donde el presidente  es jefe de Estado y de gobierno. El paradigma se sustenta en el sometimiento de la administración a la Constitución y a la ley.

 

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en sus  reformas y adiciones, y se derogaron algunos preceptos, en realidad no existe un cambio sustantivo en la Ley Orgánica de  la  Administración  Pública  Federal.  La  administración  pública  sigue  siendo  centralizada  y  paraestatal; a la centralizada la integran la Oficina de la Presidencia, las secretarías de Estado.

 

El paradigma tripartito: centralización, desconcentración y des-centralización  (véanse  los  artículos  1o.,  2o.,  3o.  y  17).  Aunque  llama  la  atención  un  tipo  de  descentralización política incorporada en los artículos 17 Bis y 17 Ter, llamada Delegaciones de Programas para el Desarrollo.

 

el artículo 10 establece que las secretarías de Estado “tendrán igual rango y entre ellas no habrá, por lo tanto, preeminencia alguna”, en los hechos se establece una distinción y preeminencia (distinción ,prerrogativa) al señalar, en el artículo 20, que “contarán con una Unidad de Administración y Finanzas” para los servicios de apoyo administrativo, mientras que a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Defensa Nacional y de Marina se les permite realizar dichos servicios a través de sus oficialías mayores.

 

 

 

Asimismo,  se  permite,  por  conducto  de  su  Oficialía  Mayor,  coordinar  la  operación  de  dichas  unidades  de  administración  y  finanzas,  lo  que  subordina  a  las  secretarías  a  esa  dependencia.

 

De igual forma, sobresale el tema de las comisiones intersecretariales, consultivas y presidenciales en el artículo 21.

 

Y el artículo 26 menciona a las secretarías de: Gobernación; Relaciones Exteriores; Defensa Nacional; Marina; Seguridad y Protección Ciudadana; Hacienda  y  Crédito  Público;  Bienestar;  Medio  Ambiente  y  Recursos  Naturales;  Energía;  Economía;  Agricultura y Desarrollo Rural; Comunicaciones y Transportes; Función Pública; Educación Pública; Salud; Trabajo y Previsión Social; Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Cultura; Turismo, y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

 

LOS SUPE DELEGADOS.

Es la creación de nuevas unidades: las delegaciones de Programas para el Desarrollo, que están incorporadas en los artículos 17 Bis, fracción III, y 17 Ter, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

1)  Parten  de  la  idea  de  una  operación  conforme  al  criterio  de  “desconcentración  territorial” basado en delegaciones.

La delegación de facultades ha demostrado ser una herramienta administrativa “efectiva”.

 

2) Su función: las “tareas de coordinación de acciones con las autoridades estatales y  Prioritarias, y llevar a cabo la supervisión del debido cumplimiento en la prestación de servicios y trámites a cargo de las dependencias y entidades federales, en las entidades federativas”.

 

3) Su objeto es “propiciar el mejor desempeño de las múltiples delegaciones” y “conocer las necesidades de la sociedad en las entidades federativas”.

 

4) Promover los planes y programas del gobierno federal para implementar políticas públicas para toda la población.

 

5) Replanteamiento de la relación con los gobiernos de las entidades federativas a partir de la verificación de las funciones de las dependencias y entidades federales en el plano local. Lo que implica convertirlas en modelo de gestión que las ubica “jerárquica y funcionalmente” como “dependientes” del coordinador general de Programas para el Desarrollo.

 

6)  Propuesta  congruente  con  los  esfuerzos  de  “simplificación  administrativa”  que  generará  mayor  eficiencia  en  la  conducción  de  los  trámites  de  la  ciudadanía.

 

Permitirá revisar las 2,300 delegaciones existentes y conservar sólo aquellas que sean necesarias, produciendo ahorros y dotando al ciudadano de certeza en sus trámites. Las que subsistan serán espacios de atención ciudadana denominados oficinas de representación, que fungirán como enlace entre las entidades federativas y la autoridad federal.

 

7) EJES DE LA PROPUESTA:

 

  1. i) En cada entidad federativa habrá una Delegación de Programas para el Desarrollo

 

  1. ii) Sus funciones son de coordinación con las autoridades federales y municipales y con las oficinas de representación.

 

iii)  Sus  tareas  administrativas  serán  reguladas  por  los  lineamientos  que  emitan  la  Secretaría  de  Bienestar  y  la  Coordinación  General  de  Programas  para  el  Desarrollo.

 

  1. iv) Las oficinas de representación están jerárquica y funcionalmente sujetas a sus respectivas entidades y dependencias, y ejercerán las funciones y atribuciones que por materia ya atienden.

 

  1. v) Se menciona una transición de 180 días para que la estructura administrativa de dichas oficinas quede constituida.

 

8) El presidente de la República, contará con la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, la cual estará bajo su mando directo.  Y el énfasis que se dará en el sexenio que inicia a los programas sociales.

 

Estas están diseñadas para coordinación con los gobiernos estatales y municipales, que parecen más de índole política. También, en la figura de estas delegaciones, se muestra la presencia permanente de un secretario de Estado sin cartera específica, que rivalizará con los otros secretarios de Estado de los ramos diferentes al de Bienestar, con amplios poderes de decisión en materia de programas sociales y con acceso directo al presidente de la República. La preeminencia de la Secretaría de Bienestar.