Cuando castigaron a una abadesa por no cuidar un libro

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  • Por Norma L. Vázquez Alanís

 

RedFinanciera

 

(segunda y última parte)

 

El tema de las prioras y abadesas en el reino de Nueva Granada atrajo el interés de Óscar Leonardo Londoño, doctor en Historia por la Universidad Autónoma de Colombia, pues las considera como sujetos históricos que merecen ser estudiados por lo que representaban en cada uno de sus conventos. Tal es el caso de la priora del monasterio de Santa Clara de Cartagena, sor Mariana de San Bernabé, involucrada en la desaparición de hojas de un documento del monasterio en las que se consignaba todo lo relativo a castigos, ingresos y funciones de las religiosas.

 

El especialista participó en un ciclo de pláticas sobre la vida conventual femenina en la Nueva España, organizado por el Centro de Estudios de Historia de México (CEHM) de la Fundación Carlos Slim, con la conferencia ‘Un vil atrevimiento. Sor Mariana de San Bernabé y la publicación de documentos secretos del monasterio de Santa Clara de Cartagena, siglo XVII’.

 

Interrogatorio a todas las religiosas

 

El hecho dio lugar a que el padre prior fray Augusto de Zárate, vicario provincial de todos los monasterios de Nueva Granada y de las religiosas de Santa Clara de Cartagena, iniciara una investigación a través del visitador Francisco de Rivera, prior y vicario de monjas de dicha ciudad, denunciante del suceso, y se procedió al interrogatorio de las monjas María de la Concepción y Francisca del Rosario, presentes cuando se descubrió la alteración del documento conventual; posteriormente se fueron solicitando también relatos de otras religiosas.

 

Se pidió a sor Magdalena de Jesús, religiosa de velo negro, que diera su versión y dijo: “hojeé y repasé el libro en el que se asientan las elecciones de abadesa de este convento y hallé arrancadas y rotas las hojas de las elecciones que hizo nuestro padre Andrés de Betancourt de la madre abadesa sor Inés de San Diego”, e indicó que el padre vicario fray Francisco de Rivera le había pedido que hiciera ciertas certificaciones.

 

Ello confirmó inicialmente que había hojas faltantes del libro que había salido del convento, lo cual plantea dos incógnitas: quién dio la autorización para sacar ese libro y a razón de qué; a manos de quién y en qué momento desaparecen los folios mencionados. Aunque el caso se inició el 22 de octubre de 1663, en mayo de 1664 seguía abierto, así que probablemente siguieron un proceso que no está del todo documentado.

 

En 1664 se nombró a fray Esteban de Echadura, para entonces vicario del convento de Santa Clara, para interrogar a las religiosas y clarificar los acontecimientos. Las convocadas fueron María de la Concepción, Inés de San Gabriel, Magdalena de Jesús y Mariana de San Jorge, quienes estuvieron presentes en el acto o muy cercanas a lo que sucedió aquel día.

 

Por la gravedad del caso las preguntas se extendieron a toda la comunidad tanto para monjas de velo negro como blanco; se les pedía que contestaran lo siguiente: “si sabe o ha oído decir que faltan algunas hojas del dicho libro, cuántas son y qué contenían”; “si sabe quién las quitó o mandó se quitasen y cuándo”; y “digan si saben que el dicho libro se sacó fuera del monasterio, quién dio la autorización o el poder”.

 

Levantamiento de los cargos

 

Acabadas las averiguaciones, se levantaron los cargos en contra de Úrsula de San José y Mariana de la Purificación, pues la mayoría de las monjas enunciaron que la responsabilidad de este suceso tuvo que ver con la intervención de estas dos religiosas que eran parte del Consejo y la primera de ellas vicaria en ese momento, además de cercanas a la abadesa.

 

Se hacen las imputaciones contra estas dos profesas por haber entregado dicho libro para sacarlo del monasterio y contra la madre Mariana de San Bernabé, priora del convento cuya obligación era tener ese documento guardado en el archivo. Esto es muy importante -explicó el doctor Londoño- porque palabras como archivo y secreto aparecen citadas como libro manuscrito en los documentos que forman parte del expediente. Conceptualmente hay una enunciación de ciertos conceptos que hoy son muy comunes en el discurso del historiador para este tipo de materiales.

 

Al enterarse de que había sido inculpada, Sor Úrsula de San José declaró que, “estando con sor Mariana de la Purificación en el locutorio, llevaron de parte de la abadesa dicho libro envuelto en paño para que por mano de don Juan de Iriarte, su hermano, que a la sazón estaba ahí por ser persona de confianza, lo remitiese al secretario Diego de Baena para que diese fe de que en dicho libro manuscrito estaba la elección canónica de sor Mariana de San Bernabé, pero no habiéndolo hallado lo llevó al notario Francisco Jiménez. Dijo que cuando le llevaron el libro al locutorio lo examinó con cuidado y estaba a cabal, y cuando lo volvieron a traer no le vio ni puso tal reparo”.

 

Luego, fray Esteban de Echadura asentó lo siguiente en una de las comunicaciones descritas en el marco del caso: “que los estatutos y las constituciones prohibían la circulación y publicación de un libro manuscrito tal como el del registro de los monasterios porque ahí aparecen disposiciones, elecciones, sentencias y otras cosas secretas y graves”; y preguntó a sor Mariana de San Bernabé cómo fue que siendo ella madre superiora, podía desconocer que los estatutos y constituciones prohibían sacar ese documento so pena de privación de actos de fe. Ella respondió que dichos actos no fueron a voluntad de desobediencia o negligencia, sino de desconocimiento.

 

La sentencia

 

Le fueron adjudicados cargos por haber permitido llevar fuera del monasterio a poder de seglares el libro de registro, haciendo públicos los secretos de las religiosas contra lo dispuesto y ordenado por sus estatutos y constituciones, provocando que algunas monjas se sintieran vulneradas por lo que consideraron un “vil atrevimiento” de la abadesa que exhibió intimidades de la comunidad.

 

La sentencia fue suspender del oficio de abadesa a la madre Mariana de San Bernabé por tres meses como resultado de su culpa por haber mandado se diese el dicho libro fuera del convento, según consta en la información y su propia confesión; asimismo, se le privó de voz activa y para que no pudiera obtenerla en el capítulo próximo de la elección de nueva abadesa y demás oficialas del convento.

 

Este castigo era importante, porque implicaba sobre todo acallar a la religiosa y su voz activa, que en el caso de una abadesa era algo muy significativo, porque era quien coordinaba y dirigía los espacios, la ritualidad y la que daba la palabra. Además, jugaba un papel sustancial frente al capítulo de elección de una nueva priora, explicó el conferenciante.

 

También hubo una sentencia para Mariana de la Purificación y Úrsula de San José: “Siendo como son discretas del convento y madres del consejo, asistieron al mandato de la abadesa, no procuraron con sus consejos obviar el perjuicio que de dar el dicho libro a los seglares se le cernía al convento; mandamos que el vicario provincial dé una respuesta y un castigo conveniente”.

 

Pero el incidente no concluyó con la penalización de las implicadas, pues tiempo después apareció el testimonio de quien era el escribano cuando ocurrió el caso, Pedro de Baena, quien manifestó que don Juan de Iriarte le había pedido que de un capítulo de la elección de la madre Mariana de San Bernabé, abadesa del convento de Santa Clara, le hiciera una copia a la letra que necesitaba la madre, quien para ese efecto le había confiado el libro de las elecciones, lo cual podría significar que don Juan de Iriarte fue culpable de haber extraído las páginas del manuscrito.

 

Llama la atención que el doctor Londoño no haya expuesto las razones de sor Mariana de San Bernabé para mandar que desaparecieran esos folios del libro secreto del monasterio.