Corte de Colombia exige eliminar barreras para aplicar aborto legal

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  • Los hospitales siguen incumpliendo su deber de garantizar este derecho

RedFinancieraMX

Un fallo de la Corte Constitucional de Colombia consideró que la interrupción legal del embarazo de una mujer no tendrá límites de tiempo y se les debe garantizar ese derecho de acuerdo a la despenalización del aborto que fue aprobado en 2006.

El máximo tribunal recordó que los médicos son los que avalan los casos en los que se está ante un embarazo que puede implicar un riesgo para la vida o la salud física y mental de las mujeres, y también los casos en los que las malformaciones del feto son incompatibles con la vida.

La Corte Constitucional de Colombia, con la sentencia C355 de 2006, despenalizó el aborto en tres circunstancias concretas: cuando la continuación del embarazo constituya un peligro para la vida o salud de la mujer.

Así como cuando la vida del feto sea inviable por cuenta de una grave malformación y cuando el embarazo sea producto de un acto sexual sin consentimiento, de inseminación artificial o transferencia de óvulo no consentidas, o de incesto.

Sin embargo, el máximo tribunal sostuvo que los hospitales y otras instituciones de salud siguen incumpliendo su deber de garantizar este derecho para las mujeres que cumplen los requisitos.

Según la Corte Constitucional, hay por lo menos 46 barreras que las mujeres deben surtir para poder acceder a un aborto legal, demoras que terminan llevando a que muchas veces los abortos se hagan en estados avanzados del embarazo, o que se ponga en riesgo su vida.

“La Corte reafirma el deber de eliminar las barreras que las mujeres enfrentan en el sistema de salud para poder acceder a ese procedimiento”, externó el tribunal.

Para los magistrados, las barreras son un claro incumplimiento sobre los compromisos internacionales del Estado colombiano “para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer, para garantizar el derecho de las mujeres a decidir de forma autónoma la interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos”.

Las barreras administrativas “pueden constituir violencia de género, y un trato cruel e inhumano (…) la Corte propende por no limitar el derecho al aborto bajo las tres causales reconocidas en 2006”, subrayó el máximo tribunal.