- Será discutido en la sesión de 1 de octubre
RedFinancieraMX
“A la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública, la participación ciudadana tiene otros medios de interacción en esa dimensión”, se lee en el documento.
La consulta popular para enjuiciar a expresidentes, promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, sería inconstitucional, según el proyecto del ministro Luis María Aguilar.
Junto a la resolución, la SCJN informó que el proyecto del ministro Aguilar será discutido en la sesión de 1 de octubre.
Entre otras cosas, el proyecto señala que la consulta popular debe considerarse inconstitucional porque “la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”.
Argumenta que “la consulta popular puede vulnerar la presunción de inocencia de las personas a quienes se someterá al escrutinio público, lo cual es inconstitucional por atentar contra el derecho al debido proceso penal, pero también puede tener un efecto negativo en los derechos de las posibles víctimas, ofendidas y en la sociedad en general”.