Centro Histórico  

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  • Manejo de la pandemia en México, fuera de la norma constitucional
  • ¿Por qué no ha recomendado enfáticamente el uso de cubre bocas?
  • Cómo disfrutar de la Navidad y protegerse contra el COVID-19
  • Por Crescencio Cárdenas Ayllón

RedFinancieraMX

Muy cierto es que las festividades deben ser diferentes este año para prevenir la propagación del COVID-19. Por ello los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) piden seguir las recomendaciones y evitar las actividades que suponen un riesgo más alto de propagación. Es preferible que las familias piensen en alternativas que supongan menos riesgo de propagación de la pandemia.

Primero veamos que en el caso de la pandemia, tendríamos que saber por qué se decidió no aumentar las pruebas, ¿por qué no ha recomendado enfáticamente el uso de cubre bocas?, ¿por qué no sabemos el número exacto de personas fallecidas? Estas decisiones deben ser documentadas en un estado constitucional”. ¿Por qué no ha recomendado enfáticamente el uso de cubre bocas?, ¿por qué no sabemos el número exacto de personas fallecidas? Estas decisiones deben ser documentadas en un estado constitucional”.

Diego Valadés, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), indicó al respecto que el Estado mexicano, en el manejo de la pandemia, no utilizó las normas constitucionales que establece el Artículo 29 y facultó a la Secretaría de Salud a tomar decisiones por encima de los poderes Legislativo y Judicial.

En el marco del programa ¡La FIL también es Ciencia!, se llevó a cabo la conferencia: “Las pandemias de 2020: covid-19 y crisis constitucionales”, a cargo de Valadés, con la moderación de Antonio Lazcano, uno de los más destacados científicos mexicanos.

Valadés, indicó que, ante la pandemia, la previsibilidad y la credibilidad de los gobiernos en México y el mundo, se han visto afectados en diferentes medidas e impactos.

“La mayor parte de los sistemas constitucionales han reaccionado con la aplicación de medidas de emergencia, las cuales no son previsibles en cuanto a contenidos porque dependen de su naturaleza, es decir, sin son desastres naturales o, como en este caso una pandemia. Pero el fenómeno generalizado es que haya una respuesta como estado de emergencia que sí es previsible y que sí está regulada”, explicó.

En México, dijo, esas medidas están garantizadas en el Artículo 29 de la Constitución, en el que se prevé que en condiciones excepcionales pueden aplicarse medidas excepcionales. Y para que esas medidas operen, el presidente de la República debe comunicar la emergencia al Congreso de la Unión y debe proponer las medidas a adoptar. Y es el Congreso el que debe valorar la magnitud de la emergencia y la viabilidad de las medidas que propone el presidente.

Una vez que el Legislativo aprueba esas medidas, faculta al Ejecutivo para hacer frente a la emergencia. El proceso, explicó, no termina ahí, sino que el Congreso debe recibir informes de las acciones realizadas. “El Congreso controla lo que el gobierno hace. Esto es lo que nos dice el Artículo 19. Y dice algo más: Que todas las decisiones del presidente que se traduzcan en decretos o acuerdos, deben ser conocidas de manera oficiosa por la Suprema Corte de Justicia y debe determinar si son constitucionales o no”, explicó el jurista, difusor de las ciencias jurídicas y ensayista.

Valadés añadió que la forma en cómo se ha desarrollado la pandemia no es ajena a las tradiciones del sistema institucional mexicano. “Mencioné el Artículo 29 constitucional, pero lo sorprendente es que no se aplicó ahora y por tanto no se le dio oportunidad al Congreso ni a la Suprema Corte de Justicia de ejercer los controles constitucionales que tienen facultados, pero tampoco se ha dado en el pasado cercano, ni siquiera en el pasado lejano. La última vez que se aplicó fue durante la Segunda Guerra Mundial. Esto no quiere que de 1945 a la fecha no se hayan producido muchísimos actos en los que el Estado tuvo que recurrir a la aplicación de medidas de emergencia, pero lo hizo siempre de facto, transgrediendo el orden constitucional”, dijo.

Y así ha sido, añadió, por miedo a uso de las palabras. De modo que se prefiere alterar las libertades públicas y no decir a los ciudadanos, de manera expresa: “voy a limitar tus libertades”.

“Para eludir el uso de las palabras, se evade la aplicación de un principio constitucional y se nos limiten las libertades por la vía de hecho. Y esto es lo que ha pasado con la pandemia. En marzo, el presidente expidió sendos decretos relacionados con el manejo de la pandemia, dándole al secretario de Salud la facultad para que adoptara las medidas necesarias para hacer frente a esta pandemia. El primer decreto fue publicado después de que el secretario ya había emitido las medidas para el combate a la pandemia”, explicó Valadés.

Así, sin seguir con la medida constitucional se regularon una serie de aspectos de la vida colectiva, se limitaron derechos constitucionales, sin la participación del Congreso y sin la Suprema Corte, incluso sin la intervención del propio presidente de la República.

“Nos encontramos en una clara ruptura o violación de la Constitución, porque se limitaron derechos constitucionales sin seguir el procedimiento que la propia Constitución establece. Además, en el segundo decreto el presidente facultó a la Secretaría de Salud para importar y comprar sin licitación pública todo lo que fuera necesario para hacer frente a la pandemia. Ustedes dirán que es lo que había que hacer, así como también limitar las reuniones, limitar el tránsito, las actividades productivas y comerciales. Y sí, pero también se pudo hacer de acuerdo a derecho y no en contra de lo que el derecho establece”, advirtió.

Valadés insistió en que las medidas aplicadas han sido buenas, en su mayoría, pero no en su procedimiento porque no se le ha podido dar seguimiento. “Las decisiones del secretario de Salud fueron todavía más allá. En su acuerdo determinó que no debían reunirse los congresos y los tribunales de justicia. En un país con 130 millones, un secretario de Estado dispuso el cierre de los establecimientos en donde se reunían a sesionar los congresos locales y federales. Es por esto que hablo de una crisis institucional que asocio a la pandemia”, indicó.

Valadés explicó que en México está garantizado el derecho a la información que el Estado posea, pero el Estado no está obligado a documentar todas sus decisiones. “Lo que podemos hacer es obligar al Estado a que todas las decisiones que toma y se nos aplican a los gobernados estén documentadas y que esa documentación incluya los fundamentos de la decisión y que se razone por qué otras decisiones fueron desechadas.

A POCOS DÍAS de la temporada navideña que se caracteriza por las celebraciones y reuniones en familia y con amigos, los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos han emitido una serie de recomendaciones con el fin de prevenir contagios por COVID-19. Ante un posible incremento de los casos a propósito de la época decembrina, la forma más segura de celebrar las festividades es hacerlo en casa y con las personas con quienes se vive. Las reuniones con familiares y amigos que no viven en la misma casa pueden aumentar la probabilidad de contagiarse o propagar el COVID-19 o la influenza.

La pandemia del COVID-19 ha sido motivo de estrés y aislamiento para muchas personas. Las reuniones para las próximas fiestas pueden ser una oportunidad de volver a conectarse con familiares y amigos. En esta temporada festiva, los CDC piden evaluar cómo se pueden modificar los planes para reducir la propagación de la enfermedad y mantener a los amigos, familiares y comunidades sanos y protegidos.

Por ello, ofrecen consideraciones para desacelerar la propagación del COVID-19 en reuniones pequeñas. El objetivo de estas consideraciones es complementar —no reemplazar— las leyes, normas o reglamentaciones de salud y seguridad estatales, locales, territoriales o tribales vigentes, que se deben cumplir en todas las reuniones.

Sugieren celebrar en forma virtual o con los integrantes de un mismo hogar (que toman medidas de manera consistente para reducir la propagación del COVID-19), ya que supone el riesgo más bajo de propagación. Las reuniones presenciales en las que se juntan amigos y familiares de diferentes hogares, incluidos estudiantes universitarios que regresan a casa, suponen diferentes niveles de riesgo. En tanto, los organizadores y asistentes de eventos más grandes deben considerar el riesgo de propagación del virus con base en el tamaño del evento (la cantidad de asistentes y otros factores) y tomar medidas para reducir la posibilidad de infección.

Hay diversos factores que pueden contribuir al riesgo de contagiarse y propagar el COVID-19 en reuniones presenciales con pocas personas. Combinados, estos factores generan diferentes niveles de riesgo. Los CDC dan a conocer los siguientes: Niveles de COVID-19 en la comunidad. Si hay niveles altos o los casos de COVID-19 en la comunidad donde se realiza la reunión o en los lugares desde donde llegan los asistentes están en aumento, esto incrementa el riesgo de infección y propagación entre los asistentes.

Por lo que los familiares y amigos deben evaluar la cantidad de casos de COVID-19 en sus comunidades y en la comunidad donde tienen previsto celebrar a la hora de decidir si van a organizar una reunión o asistir a un encuentro. Los CDC piden revisar la información de las zonas y conocer en qué nivel de riesgo se encuentran.

Exposición durante el viaje. Los aeropuertos, las estaciones de autobús, trenes y transporte público, las gasolineras y las paradas para descansar son todos lugares en los que los viajeros pueden quedar expuestos al virus en el aire o sobre superficies.

Las reuniones en espacios interiores, especialmente espacios con poca ventilación (como lugares cerrados pequeños sin ingreso de aire exterior), representan un riesgo mayor que las reuniones al aire libre.  Las reuniones que duran más tiempo suponen mayor riesgo que las reuniones más breves. Estar a menos de 1.8 metros de una persona con COVID-19 por un total acumulado de 15 minutos o más aumenta en gran medida el riesgo de enfermarse y exige cumplir 14 días de cuarentena.

Cantidad y aglomeración de personas en la reunión. Las reuniones con más asistentes aumentan el riesgo con respecto a las reuniones con menos personas. Los CDC no ofrecen un límite o número recomendado de asistentes a las reuniones. El tamaño de una reunión para celebrar las festividades se puede determinar con base en la capacidad de los asistentes de diferentes hogares de mantener una distancia de 1.8 metros, usar cubre bocas, lavarse las manos, y seguir las leyes, normas y reglamentaciones de salud y seguridad estatales, locales, territoriales o tribales vigentes.

Comportamiento de los asistentes antes de la reunión. Las personas que no respetan de manera consistente las normas de distanciamiento social, uso de cubre bocas, lavado de manos y otras medidas de prevención aumentan el riesgo de propagación con respecto a quienes ponen en práctica estas medidas de seguridad de manera consistente. El consumo de alcohol o drogas puede afectar el criterio y dificultar más la puesta en práctica de las medidas de seguridad contra el COVID-19.

Por el momento no hay evidencia que sugiera que manipular comida o comer esté asociado a la propagación directa del COVID-19. Es posible que una persona contraiga COVID-19 al tocar una superficie u objeto, incluidas comidas, sus empaques o utensilios, que tienen el virus y luego tocarse la boca, la nariz, o posiblemente los ojos. Sin embargo, no se cree que esta sea la principal vía de propagación del virus. Por ello es necesario recordar que siempre es importante seguir las prácticas de seguridad de los alimentos para reducir el riesgo de enfermedades causadas por gérmenes comunes presentes en los alimentos.

Por ello se debe recomendar a los invitados que lleven sus propias comidas y bebidas para que las consuman solo los miembros de un hogar. También se indica evitar las reuniones con menú estilo bufé.

Y hay que usar cubre bocas al preparar o servir la comida a otras personas que no viven en el mismo hogar. Todos los asistentes deben tener pensado dónde guardar su cubre bocas mientras comen y beben. Se puede conservar en una bolsa seca y respirable (como una bolsa de papel o de tela de malla) para mantenerla limpia entre cada uso. Se debe limitar la cantidad de gente que entra y sale de las áreas en las que se prepara o manipula la comida, como la cocina o el área de la parrilla, siempre que sea posible.

Cuando se tiene huéspedes en casa, los CDC recomiendan que sean ellos quienes laven su ropa y cubre bocas. El equipaje debe ser guardado lejos de las áreas de uso común. No se debe olvidar el lavado de manos con agua y jabón por al menos 20 segundos, especialmente al llegar. Así como usar cubre bocas dentro de la casa.

Los cubre bocas se quitan solamente para comer, beber y dormir, sin olvidar que al ser de diferentes hogares deben mantener al menos 1.8 metros de distancia entre sí en todo momento.

Los CDC recomiendan pasar tiempo juntos al aire libre. Caminar o sentarse al aire libre, siempre con al menos 1.8 metros de distancia durante las interacciones personales. Se debe evite cantar o gritar, especialmente en espacios cerrados. Se deben tratar a las mascotas como se trataría a los familiares, y no dejar que las mascotas interactúen con personas fuera del hogar.

Los CDC piden evitar actividades de mayor riesgo para ayudar a prevenir la propagación del virus que causa el COVID-19, tales como: Ir de compras a tiendas con grandes aglomeraciones justo antes, durante o después de las festividades, ya que en estos sitios existe mayor posibilidad de contagio. Es recomendable que no se participe o asista como espectador a una carrera con mucha concurrencia. También se recomienda abstenerse de desfiles con grandes aglomeraciones de público o asistir a reuniones grandes en lugares cerrados, con personas que no viven en el mismo hogar.

Por lo demás, creo que todos estamos bien,