- Contibuyentes en este régimen quedan relevados de presentar la declaración anual
RedFinanciera
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorga facilidades a las personas que desean tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Además, quienes contribuyan en este régimen quedan relevados de presentar la declaración anual por los ingresos correspondientes y solo deberán realizar pagos mensuales.
Como parte de las facilidades y la simplificación de trámites, se informa que las personas físicas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad tributaria a un régimen distinto y cuyos ingresos del año inmediato anterior no superaron los 3.5 millones de pesos, tienen la opción de volver a contribuir en el RESICO a partir del 1 de enero de 2025, para lo cual es necesario presentar un Aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2025.
Para ampliar los beneficios de este régimen, el SAT recuerda que las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, también pueden optar por tributar en el RESICO.
Este régimen para personas físicas está dirigido a quienes tienen ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos y que realizan actividades en el sector primario, actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o perciben ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
El RESICO tiene como objetivo facilitar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) y ofrece los siguientes beneficios:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Tasas mínimas del ISR.
Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso de simplificar trámites y servicios, así como ofrecer facilidades para fortalecer el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales.