Análisis a Fondo

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  • La vida de Kenia en manos de AMLO
  • ¿Alguien puede decretar cuándo empieza la vida humana?
  • Cartesiana duda de cuándo se afianzará la recuperación
  • Por Francisco Gómez Maza

RedFinancieraMX

Kenia Inés Hernández Montalván, activista defensora de derechos humanos, esta presa en el llamado Centro Federal de Readaptación Social Femenil número 16 de Morelos.

Qué interesante. Los defensores, quienes quieren readaptar la injusta realidad, tienen que ser recluidos en un centro de readaptación para que se readapten y ya no tengan que salir a defender los derechos humanos. Pues de esto se trata en la persecución de defensores y también de periodistas de a pie.

Hay temor por la vida de Kenia Inés en peligro de ser cegada por la insensibilidad de las autoridades políticas.

El 19 de agosto, en plena audiencia, Kenia Inés manifestó tener síntomas que podrían coincidir con covid-19: cefalea o dolor de cabeza y resfriado; hace unos días ha manifestado tener punzadas a la altura del pecho, por lo que ha solicitado una revisión médica.

Pero como lo advierte el abogado del Centro de Derechos Humanos “Zeferino Ladrillero”, es inaudito que, a un mes de distancia, hasta el momento no se haya registrado la práctica de algún examen médico a la activista; lo más delicado es que ha experimentado malestar que hace pensar que podría ser la advertencia de un paro cardiaco.

El “Frente Popular de la Montaña de Guerrero” y el “Colectivo Libertario Zapata Vive” han anunciado una serie de movilizaciones para visibilizar estas irregularidades al interior de los centros penitenciarios en el país, de manera particular por contagios de covid-19.

De acuerdo con el abogado del centro Zeferino Ladrillero, José Antonio Lara Duque, la defensora teme por su vida, ya que en las últimas horas ha registrado complicaciones médicas, que podrían derivar en una infección por Covid-19, o en un posible paro cardiorespiratorio.

Kenia Inés fue arrestada, por segunda ocasión, el 18 de octubre del año pasado, en la caseta de peaje de Amozoc, Puebla, acusada por delitos de carácter federal, que incluyen robo y ataques a las vías de comunicación.

En este sentido, el defensor del pueblo afirmó que las autoridades judiciales cometen un serio atropello a las garantías individuales de la mujer indígena, ya que confunden la protesta social de la activista –y diversos grupos guerrerenses–, con hechos que constituyen presuntos delitos.

No es exageración afirmar que la vida de Kenia Inés Hernández Montalván está en manos del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador. A quién responsabilizar entonces, sino al gobierno del presidente y no sólo por Kenia Inés, sino por la suerte y seguridad de los colectivos que respaldan la acción social. 

El jueves (9-09-21), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la porción normativa del artículo 4° Bis A, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa. que establecía la tutela del derecho a la vida: “desde el momento en que un individuo es concebido entra bajo la protección de la Ley correspondiente, hasta su muerte”. De acuerdo con el Pleno las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de “persona” y la titularidad de los derechos humanos, pues ello corresponde en exclusiva a la Constitución General.

La pretensión de otorgar el estatus de persona al embrión o feto y, a partir de ello, adoptar medidas restrictivas del derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y las personas gestantes, resulta inconstitucional. Para la Corte, no es admisible establecer que el embrión y el feto merecen la misma protección jurídica que las personas nacidas.

De acuerdo con el precedente establecido en la acción de inconstitucionalidad 148/2017, si bien el producto de la gestación merece una protección, que se incrementa con el tiempo, a medida que avanza el embarazo, esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva y, en particular, su derecho a interrumpir el embarazo en determinados supuestos.

La Corte sostiene que los principales esfuerzos del Estado para proteger la vida en gestación –como bien constitucionalmente valioso– deberán encaminarse a proteger efectivamente los derechos de las mujeres y de las personas gestantes, por ejemplo, ocupándose en la continuidad de los embarazos deseados; asegurando atención prenatal a todas las personas bajo su jurisdicción; proveyendo partos saludables y abatiendo la mortalidad materna, entre otros aspectos.

En su informe trimestral, el Banco de México advierte que riesgos de salud por la pandemia, tanto en México como en el resto del mundo, se han incrementado, ante el surgimiento de variantes del virus más contagiosas. En el país, en un entorno de mayor movilidad y de reapertura de diversas actividades, ha habido un nuevo repunte de contagios y un aumento en el número de hospitalizaciones, aunque afortunadamente los avances en la vacunación han contenido el aumento de las defunciones en igual proporción.

En este contexto, prevalece incertidumbre sobre la permanencia de los factores que han apoyado la recuperación global y nacional, así como las posibles medidas que las autoridades retomen o que las poblaciones adopten ante el recrudecimiento de la pandemia. .Ello, a su vez, puede introducir volatilidad en los mercados financieros internacionales. Así que nada está escrito.