Ley cannábica impide libre comercio

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  • Se mantiene el mercado clandestino y se debió aumentar edad de consumo a 23 años: CCN
  • A la Ley le hace falta “visión” y permitir al Gobierno Federal alianzas estratégicas con la IP: Silvia Guillen

RedFinancieraMX

(CODICS).- Los Directivos del Consejo Cannábico Nacional (CCN), advirtieron que la Ley Federal para la Regulación del Cannabis quedó limitada e imposibilita la libre producción y comercialización del cannabis, así como de sus derivados; además quedó “corta” al no aumentar la edad permitida de consumo al dejarla en 18 años cuando debería quedar en 23 años de edad.

Tras analizar los alcances de esta Ley, Silvia Guillen como Presidenta Nacional y Alfredo Neme Martínez como Representante en Extranjero del CCN, admitieron que si bien es positivo que la Comisión Nacional Contra las Adicciones (Conadic) quede a cargo del control y regulación de los actos de la presente Ley, la legislación deja “huecos” que favorecerán la permanencia del mercado negro.

Silvia Guillen y Alfredo Neme, señalaron que a la Ley le hace falta “visión” y permitir al Gobierno Federal alianzas estratégicas con la iniciativa privada y el sector social para lograr un Consumo y Mercado Blanco.

Lo anterior con el fin de que la industria del cannabis genere, en una primera etapa, por lo menos 5 mil nuevos empleos, esto sin considerar los cerca de 30 mil empleos actuales que se generan en la clandestinidad y que pasarán a ser parte de las cifras oficiales una vez publicada la ley.

Lo anterior, comentaron, se sustenta en el hecho de que organismos internacionales especializados en cannabis como Cannabis Leafly aseguraron que durante 2020 el número de plazas en la industria del cannabis creció 32%, en el mundo cannábico.

El potencial del cannabis legal como generador de empleos es enorme de tal suerte que el uso lúdico o adulto es un gran mercado que permitirá la creación de dispensarios legales y distribuidores de cannabis como un tema de primera necesidad.

Y es que debemos ser más eficientes que el mercado negro y el mercado gris para que los consumidores opten por un producto regulado, seguro, de calidad y a mejor precio, logrando la preferencia del consumidor, agregaron.

Indicaron que lo anterior es posible como lo demuestra el caso de Uruguay donde los consumidores prefieren consumir productos regulados por su calidad y confianza.

Desde la siembra hasta el valor agregado del Cannabis, las empresas del ramo aseguran la creación de nuevos empleos en todo el territorio nacional, reiteraron.

Sin embargo, lo más trascendente a lograr la aprobación de la ley en México es la contribución que se haría al disminuir la crisis de seguridad pública ya que por lo menos unas 18 mil personas detenidas por portar menos de 28 gramos de cannabis podrían ser liberadas de oficio.

Consideraron los directivos de la CCN que antes de hablar de estructuras impositivas y modos regulatorios de quienes accederán a licencias hay que tener en cuenta que el daño por falta de leyes ha sido extenso y se sigue prolongando.

De no ser promulgada la ley, el costo a los mexicanos por mantener encarcelados a los 18 mil reos, considerando que cada uno le cuesta al sistema penitenciario alrededor de 3,500 pesos por día, se elevará a más de mil 800 millones de pesos por mes.

Por ello, consideraron que la situación es insostenible de tal suerte que, de no aprobarse definitivamente dicha ley para el 30 de abril, el tema se prolongará 18 meses más para otro periodo legislativo.

Al analizar el dictamen que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, que consta de 55 artículos, señalaron que se acota mucho a los posibles beneficiarios y no garantiza la libre competencia ni el desarrollo de la industria nacional.

Lo anterior vinculado al autoconsumo relacionado con la producción en casa habitación para uso personal con fines lúdicos y producción por asociaciones de cannabis para consumo por los asociados para uso lúdico; producción para la comercialización y venta con fines lúdicos; producción con fines de investigación, y producción de cáñamo para fines industriales.

Por lo que respecta a la transformación del cannabis, indicaron que es limitante ya que no considera la utilización para comestibles y bebidas; inclusive la producción de cosméticos.

Así, la ley quedó a deber al permitir la transformación de la materia prima y al prohibir sus diferentes productos terminados.

Sobre el derecho de las personas mayores de dieciocho años a consumir cannabis psicoactivo, insistieron en que la edad más pertinente es a partir de los 23 años cuando el desarrollo físico y mental del individuo se complementó.

Y es que, detallaron, se desatendió la evidencia científica y la recomendación de la Secretaría de Salud por conducto de su titular, Jorge Alcocer.

Asimismo, la propuesta de ley no contempla sanciones para los consumidores de menos de 18 años, situación que debe corregirse.

Al referirse a la Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato, el cannabis Sativa, Índica o Mariguana con 28 gramos, aseguraron que se mantiene la criminalización.

Es lamentable, señalaron, que la ley pretenda que el consumo pueda realizarse sin afectar a terceros y quede prohibido el consumo de cannabis en lugares denominados como “100% libres de humo de tabaco” (escuelas, públicas y privadas) pero sí permanezca el “mercado negro” a las afueras del Senado de la República a pesar de las quejas de vecinos, senadores y sociedad civil.

Por último, aclararon que la ley viola derechos humanos por tener una reserva que obliga a cualquier usuario o poseedor de cannabis a solicitar licencias, contraviniendo inclusive lo que la ley en mención establece al permitir la posesión de hasta 5 gramos de cannabis.