- Dr. en derecho Emiliano Mateo Carrillo Carrasco
- La ley orgánica de la administración pública en la 4t
RedFinancieraMX
La democracia efectiva es el poder del pueblo. El espíritu republicano nace de la convicción de que el interés público corresponde al interés general. Las reformas que se realizaron a la administración pública federal el 30 de noviembre de 2018.
Los cambios a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y sus dos contextos: el primero es el de la toma de decisiones públicas, el marco histórico de la administración pública del país, dónde se ubican las reformas a la administración pública. Transformación. El presidente AMLO ha caracterizado a su 4T como un cambio pacífico, radical, orientado a terminar con “el régimen corrupto de injusticias y de privilegio”, donde los servidores públicos.
La transformación del país con sus balances de economía de mercado a causa del adelgazamiento del poder económico, esto es, que el poder oligárquico determina el mercado y el mismo estado el político”.
La administración pública, la define Bonnin, es “una potencia que arregla, corrige y mejora todo cuanto existe, y da una dirección más conveniente a los seres organizados y a las cosas”. La corrupción gubernamental es altamente nociva, no solo por el hecho de que el servidor público obtiene un beneficio extraordinario, sino sobre todo porque infringe una norma que en principio debería hacer cumplir.
La corrupción no solo causa costos económicos; su carácter perjudicial deriva principalmente del hecho de que debilita los principios morales, afecta al Estado de derecho, daña a los principios de autoridad, propicia la injusticia, promueve la desigualdad, permite la impunidad de los poderosos .
Hay más de 10 millones de jóvenes en rezago educativo. Son casi exactamente la mitad de quienes son mayores de 20 y menores de 30 años de edad, esos más de 20 millones de jóvenes a un sistema de marcado y sin poder aprovechar su capital humano.
La pobreza y vulnerabilidad, incrementa riesgos de todo tipo: a la violencia, las adicciones, el empleo precario. En materia educativa y sus políticas públicas permitan recuperar el capital humano: Hay una “sangría” silenciosa, pero masiva. Más de 600 mil jóvenes quedan fuera de los bachilleratos y demás escuelas de EMS (educación media superior) cada año, sin haber concluido.
Y afecta más a jóvenes con menores ingresos, en los estados del sur y en las zonas rurales. La brecha por nivel socioeconómico es muy grande. El INEGI contabiliza más de 4 millones de jóvenes mayores de 15 y menores de 20 años que ya no asisten a la escuela. Representan la tercera parte para ese grupo de edad. Al llegar a los 20 ya no tienen opción, incluso si quisieran regresar a estudiar.
La 4t propone combatir la pobreza “mediante la creación de fuentes de trabajo, el impulso a las actividades productivas, la inclusión de todos los jóvenes en programas educativos o laborales y la atención prioritaria al cumplimiento efectivo de los derechos de las mujeres, los pueblos indígenas, los adultos mayores, los niños y otros grupos vulnerables”.
Por qué la austeridad al aparato de gobierno, o sea, burocracia por ser un instrumento de obesidad y de responsabilidades. “Los componentes del Proyecto de Nación deben descansar en el supuesto de una ejecución austera, responsable y honesta del gasto público, y en la conservación de los balances macroeconómicos”.
Los artículos 80, 89, 90, 91 y 92 de la Constitución actual contienen nuestro modelo de administración pública centralizada y paraestatal, que se sustenta en un esquema de orden jerárquico donde el presidente es jefe de Estado y de gobierno. El paradigma se sustenta en el sometimiento de la administración a la Constitución y a la ley.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en sus reformas y adiciones, y se derogaron algunos preceptos, en realidad no existe un cambio sustantivo en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. La administración pública sigue siendo centralizada y paraestatal; a la centralizada la integran la Oficina de la Presidencia, las secretarías de Estado.
El paradigma tripartito: centralización, desconcentración y des-centralización (véanse los artículos 1o., 2o., 3o. y 17). Aunque llama la atención un tipo de descentralización política incorporada en los artículos 17 Bis y 17 Ter, llamada Delegaciones de Programas para el Desarrollo.
el artículo 10 establece que las secretarías de Estado “tendrán igual rango y entre ellas no habrá, por lo tanto, preeminencia alguna”, en los hechos se establece una distinción y preeminencia (distinción ,prerrogativa) al señalar, en el artículo 20, que “contarán con una Unidad de Administración y Finanzas” para los servicios de apoyo administrativo, mientras que a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Defensa Nacional y de Marina se les permite realizar dichos servicios a través de sus oficialías mayores.
Asimismo, se permite, por conducto de su Oficialía Mayor, coordinar la operación de dichas unidades de administración y finanzas, lo que subordina a las secretarías a esa dependencia.
De igual forma, sobresale el tema de las comisiones intersecretariales, consultivas y presidenciales en el artículo 21.
Y el artículo 26 menciona a las secretarías de: Gobernación; Relaciones Exteriores; Defensa Nacional; Marina; Seguridad y Protección Ciudadana; Hacienda y Crédito Público; Bienestar; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Energía; Economía; Agricultura y Desarrollo Rural; Comunicaciones y Transportes; Función Pública; Educación Pública; Salud; Trabajo y Previsión Social; Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Cultura; Turismo, y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
LOS SUPE DELEGADOS.
Es la creación de nuevas unidades: las delegaciones de Programas para el Desarrollo, que están incorporadas en los artículos 17 Bis, fracción III, y 17 Ter, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
1) Parten de la idea de una operación conforme al criterio de “desconcentración territorial” basado en delegaciones.
La delegación de facultades ha demostrado ser una herramienta administrativa “efectiva”.
2) Su función: las “tareas de coordinación de acciones con las autoridades estatales y Prioritarias, y llevar a cabo la supervisión del debido cumplimiento en la prestación de servicios y trámites a cargo de las dependencias y entidades federales, en las entidades federativas”.
3) Su objeto es “propiciar el mejor desempeño de las múltiples delegaciones” y “conocer las necesidades de la sociedad en las entidades federativas”.
4) Promover los planes y programas del gobierno federal para implementar políticas públicas para toda la población.
5) Replanteamiento de la relación con los gobiernos de las entidades federativas a partir de la verificación de las funciones de las dependencias y entidades federales en el plano local. Lo que implica convertirlas en modelo de gestión que las ubica “jerárquica y funcionalmente” como “dependientes” del coordinador general de Programas para el Desarrollo.
6) Propuesta congruente con los esfuerzos de “simplificación administrativa” que generará mayor eficiencia en la conducción de los trámites de la ciudadanía.
Permitirá revisar las 2,300 delegaciones existentes y conservar sólo aquellas que sean necesarias, produciendo ahorros y dotando al ciudadano de certeza en sus trámites. Las que subsistan serán espacios de atención ciudadana denominados oficinas de representación, que fungirán como enlace entre las entidades federativas y la autoridad federal.
7) EJES DE LA PROPUESTA:
- i) En cada entidad federativa habrá una Delegación de Programas para el Desarrollo
- ii) Sus funciones son de coordinación con las autoridades federales y municipales y con las oficinas de representación.
iii) Sus tareas administrativas serán reguladas por los lineamientos que emitan la Secretaría de Bienestar y la Coordinación General de Programas para el Desarrollo.
- iv) Las oficinas de representación están jerárquica y funcionalmente sujetas a sus respectivas entidades y dependencias, y ejercerán las funciones y atribuciones que por materia ya atienden.
- v) Se menciona una transición de 180 días para que la estructura administrativa de dichas oficinas quede constituida.
8) El presidente de la República, contará con la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, la cual estará bajo su mando directo. Y el énfasis que se dará en el sexenio que inicia a los programas sociales.
Estas están diseñadas para coordinación con los gobiernos estatales y municipales, que parecen más de índole política. También, en la figura de estas delegaciones, se muestra la presencia permanente de un secretario de Estado sin cartera específica, que rivalizará con los otros secretarios de Estado de los ramos diferentes al de Bienestar, con amplios poderes de decisión en materia de programas sociales y con acceso directo al presidente de la República. La preeminencia de la Secretaría de Bienestar.